ACE Y GES Ciudad Joven

AULAS DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA


Las aulas de compensación educativa constituyen una medida organizativa extraordinaria que se sitúa en el marco de la compensación de desigualdades en educación y cuyo objetivo es garantizar la atención educativa y favorecer la integración escolar del alumnado con las siguientes características:

  • Cumplir quince años en el año natural en el que se inicie el curso escolar correspondiente.

  • Acumular desfase curricular significativo en la mayoría de las áreas.

  • Valorar negativamente el marco escolar.

  • Presentar serias dificultades de adaptación al mismo.

  • Haber seguido un proceso de escolarización tardía o muy irregular, que hagan muy difícil su incorporación y promoción en la etapa.

  • Estar desescolarizados o en grave riesgo de abandono escolar por encontrarse en situación familiar y social desfavorecida.

  • No encontrarse en condiciones de alcanzar los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria, a pesar de haberse adoptado con él las medidas de atención a la diversidad previstas en la legislación vigente.



GRUPOS ESPECÍFICOS SINGULARES


Es una modalidad excepcional, dirigida al alumnado de los cursos primero y segundo de Educación Secundaria Obligatoria que presentan grave inadaptación al marco escolar, que se manifiesta en conductas disruptivas reiteradas y en el rechazo activo de las exigencias de la vida escolar, lo que deriva en riesgo de abandono prematuro del sistema educativo.

Los alumnos que se integren en un grupo específico singular deberán haber repetido al menos un curso escolar.

Su finalidad es posibilitar que los alumnos desarrollen las capacidades incluidas en los objetivos generales de la Educación Secundaria Obligatoria que les permitan incorporarse a su grupo de referencia o, en su caso, a alguna de las opciones que ofrece el sistema educativo, teniendo en cuenta sus condiciones de edad, nivel de competencia curricular y características tanto actitudinales como aptitudinales.